Familias de niñas fallecidas en operativo militar piden acotar el fuero castrense

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9/21/2026

Familiares de Leidy Rojas y Alexa Medina, menores que perdieron la vida tras un ataque atribuido a elementos del Ejército Mexicano en Sinaloa durante 2025, junto con organizaciones defensoras de derechos humanos, solicitaron al Poder Judicial de la Federación establecer restricciones más precisas al fuero militar y evitar que las autoridades castrenses desarrollen investigaciones paralelas a las de la justicia civil en casos relacionados con presuntas violaciones graves a los derechos humanos.

El próximo jueves, el Juzgado Octavo de Distrito con sede en Mazatlán llevará a cabo la audiencia constitucional correspondiente al juicio de amparo 914/2025, promovido por las familias para impugnar la posibilidad de que se desarrollen investigaciones simultáneas en las jurisdicciones militar y civil.

Las organizaciones acompañantes del caso, entre ellas el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) y el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, sostienen que el último párrafo del artículo 37 del Código de Justicia Militar contradice el carácter excepcional del fuero castrense establecido en el artículo 13 de la Constitución y en estándares internacionales, al permitir que instancias militares investiguen hechos en los que estén involucrados sus integrantes, incluso cuando las víctimas sean civiles.

Leidy y Alexa, de 11 y 7 años de edad, murieron el 6 de mayo de 2025 luego de que soldados abrieran fuego contra la camioneta en la que viajaban con su familia. En el mismo hecho resultaron lesionados una adolescente de 14 años y un niño de 11 años.

Tras el incidente, la Fiscalía de Justicia Militar inició una carpeta de investigación y llevó a cabo diversas diligencias, entre ellas el aseguramiento de evidencias, la recopilación de información operativa y el análisis de armamento y municiones utilizados por los elementos involucrados.

De acuerdo con las organizaciones, aunque la investigación militar comenzó por los delitos de homicidio y lesiones, posteriormente fue presentada ante un juez bajo la acusación de desobediencia en actos de servicio.

Paralelamente, la Fiscalía General de la República abrió una investigación en el ámbito civil, la cual derivó en la vinculación a proceso de 13 militares por los delitos de homicidio calificado y homicidio calificado en grado de tentativa.

Los representantes legales de las víctimas señalaron que la participación inicial de las autoridades militares en la escena de los hechos habría influido en el desarrollo de las indagatorias, particularmente en el resguardo de indicios y evidencias que, aseguran, aún no han sido entregados a las autoridades ministeriales civiles.

Asimismo, recordaron que el Juzgado Octavo de Distrito intentó remitir el asunto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación en julio pasado; sin embargo, el máximo tribunal rechazó atraer el caso al considerar que no tiene competencia para conocer juicios de amparo indirecto en primera instancia.

Las organizaciones también destacaron que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha emitido diversas sentencias contra el Estado mexicano por la aplicación amplia del fuero militar en casos que involucran a civiles, entre ellos los de Rosendo Radilla, Inés Fernández, Valentina Rosendo, Rodolfo Montiel, Teodoro Cabrera y la familia Alvarado Espinoza.

Tras esos fallos internacionales, México modificó en 2014 el artículo 57 del Código de Justicia Militar para limitar la intervención castrense en asuntos relacionados con civiles. No obstante, los colectivos sostienen que las fuerzas armadas continúan participando en investigaciones de este tipo, motivo por el cual buscan que los tribunales federales definan con mayor claridad los alcances de dicha jurisdicción.

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