TEPJF descarta denuncia de Morena contra Movimiento Ciudadano por presuntos actos anticipados de campaña

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10/15/2026

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el desechamiento de una denuncia presentada por Morena contra Movimiento Ciudadano (MC) y su coordinador nacional, Jorge Álvarez Máynez, al considerar que los mensajes señalados no contenían llamados expresos o implícitos al voto ni elementos suficientes para acreditar una promoción electoral anticipada.

La resolución se dio a conocer este miércoles, a menos de tres meses del inicio de las precampañas, y puso nuevamente sobre la mesa los criterios que deben aplicarse para identificar posibles actos anticipados de campaña.

El caso se originó por un mensaje difundido en un promocional oficial de MC, en el que Álvarez Máynez afirmó que la llamada “vieja política” pretendía limitar al denominado Movimiento del Sombrero e impedir su participación en las próximas elecciones.

Con cuatro votos a favor, los magistrados Felipe de la Mata, Gilberto Bátiz, Mónica Valle y Felipe Fuentes respaldaron la decisión de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral (INE), que había desechado la queja por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña, así como por una posible afectación a la equidad de la contienda.

La mayoría consideró que las declaraciones no promovían una candidatura específica ni difundían una plataforma electoral. Asimismo, interpretó que se trataba de expresiones de solidaridad relacionadas con el asesinato de Carlos Manzo, alcalde de Uruapan.

Los magistrados señalaron que el contenido se encontraba dentro de los márgenes del debate político y que no existían indicios suficientes de una estrategia destinada a posicionar anticipadamente a algún aspirante con fines electorales.

Morena, por su parte, sostuvo que las publicaciones respondían a una estrategia gradual para generar una narrativa de respaldo y cercanía con el movimiento surgido después del homicidio de Manzo. Por ese motivo, solicitó que los mensajes fueran retirados.

El magistrado Reyes Rodríguez votó en contra de la resolución y consideró que el INE debió estudiar el fondo de la controversia antes de descartar una posible infracción electoral.

A su juicio, existían elementos que relacionaban los mensajes cuestionados con el próximo proceso electoral, por lo que era necesario examinar tanto el significado de las expresiones como las circunstancias en las que fueron difundidas.

El magistrado sostuvo que ese análisis permitiría determinar si las publicaciones podían constituir actos anticipados de precampaña o campaña.

En un asunto distinto, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE resolvió que no procedía imponer medidas preventivas contra Marco Baños, representante de Somos, por declaraciones denunciadas por Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, representante de Morena, quien las señaló como presuntamente calumniosas.

La controversia surgió durante una sesión del Consejo General del organismo electoral celebrada el pasado 29 de septiembre. En esa reunión, Baños afirmó que Morena y su representante tenían vínculos con el crimen organizado.

La comisión, integrada por los consejeros Gómez, Chávez y Montaño, determinó por unanimidad que no era viable ordenar medidas para impedir que esas expresiones volvieran a producirse, debido a que se trataría de hechos futuros cuya realización no podía darse por segura.

Ambas resoluciones se relacionan con los límites de la actuación de las autoridades electorales frente a expresiones políticas, así como con los criterios aplicables para determinar cuándo corresponde intervenir ante posibles infracciones.

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